La educación es responsabilidad de todos, primero los padres, después los profesores y al mismo tiempo todos. Una educación para todos y entre todos, es la mayor responsabilidad social. El Estado es el garante de esa responsabilidad, es su OBLIGACIÓN.

jueves, 23 de octubre de 2014

SIN DATOS NO HAY EDUCACIÓN (II)

Joaquín Ruiz Giménez, Ministro de Educación Nacional de 1951 a 1956, sacó adelante tres leyes: la de Ordenación de las Enseñanzas Medias (BOE 27-2-1953), la de Construcciones escolares(BOE 22 -12-1953),la de  Formación profesional (20 de julio 1956).
En la Ordenación de las Enseñanzas Medias  se pretendía: a) la extensión del Bachillerato al menos el elemental a los españoles más aptos) el énfasis en la descongestión del plan de estudios, que los niños y muchachos aprendan tal vez menos cosas, pero que las aprendan mejor y que su formación sea más plena y total c) mejorar técnicamente el sistema perfeccionando la profesorado y consiguiendo mayores y mejores medios educativos. Algunos artículos: Art. 2 La Enseñanza Media se ajusta a las normas del Dogma y de la moral católica y a los principios del Movimiento Nacional. Art. 15 En la Enseñanza Media se aplicará el principio de una educación separada para los alumnos de uno u otro sexo. Art 24 Los Institutos Masculinos no podrán admitir inscripciones ni verificar pruebas de alumnado femenino ni los femeninos de alumnado  masculino. En los Institutos Mixtos, la enseñanza y educación se dará por separado a alumnos y a alumnas. Art. 27 el director tendrá tratamiento de Ilmo.Sr. Ordenación: Primer Grado de Bachillerato: durará cuatro cursos. No  podrá comenzarse antes del año natural en el que el alumno cumpla diez años. Se acomodará en los métodos a la mentalidad de los escolares. Al terminar los alumnos practicarán las pruebas exigidas por el Estado para la colocación del título de Bachiller. El Superior constará de dos años. Ante las dificultades de la prueba de Estado se implantan las Reválidas y la Prueba de Madurez en Preuniversitario.
En la tramitación del anteproyecto de ley, se escenificó la lucha de las posturas irreconciliables por el poder entre la Falange y la Iglesia, hasta más de doscientas enmiendas se presentaron. Venció la Iglesia, porque el anteproyecto tuvo que ser previamente consensuado con la jerarquía eclesiástica en virtud de los concordatos con la Santa Sede de 16 de julio de 1946 “El Gobierno de España se comprometió a no legislar sobre materias mixtas o sobre aquellas que puedan interesar de algún modo a la Iglesia sin previo acuerdo con la Santa Sede”. El derecho a la libertad de enseñanza era esgrimido por la Iglesia Católica frente a las propuestas de los falangistas; y la reglamentación estatal era defendida por los falangistas como parte de la propia soberanía del Estado “Esta necesaria injerencia no es contraria a la libertad de enseñanza, cuando el Estado es, como el español, auténticamente católico”. Gana la Iglesia y por ello se produce, el reconocimiento instantáneo de los centros de la Iglesia en el momento en que acrediten las condiciones legales mínimas, la participación en la designación de los docentes de E. Física, Formación Política y enseñanzas del hogar y las limitaciones a la Inspección.
No parece que hayan pasado tantos años desde 1953 hasta hoy si consideramos algunos indicadores. En la tramitación de la LOMCE, no se presentaron datos, se planteó una posición de poder del partido de mayoría absoluta y de la Iglesia Católica frente a los demás. Como en 1953, el Ministro Wert, cumpliendo con el concordato, ya no el actual de 1979, sino los acuerdos de 1946 y el que se estaba gestionando en 1953 durante la tramitación de la ley de Enseñanzas Medias, consensuó con la Conferencia Episcopal, a hurtadillas y con nocturnidad: la religión como evaluable, la desaparición de educación para la ciudadanía, los conciertos desde la colocación de la primera piedra, la subvención a centros que separan por sexo..
La libertad de enseñanza se plantea hoy por parte de la Iglesia, por parte de los padres católicos y por  parte del Partido Popular como una opción frente a Estado, pero el Estado no es la Falange ni el Movimiento; es un Estado democrático y por lo tanto responsable de devolver a los ciudadanos lo que pagan con sus impuestos y una de las deudas más importantes es la educación. Pero una educación sin privilegios y sin exclusiones ni para las familias, ni para las ideologías partidistas mi para la Iglesia Católica, ni para los alumnos y alumnas. Los que piden la libertad de enseñanza, no quieren que la educación sea igual para todos, no quieren que los demás lleguen a ser como ellos; ellos quieren mantener sus privilegios. Incluso, Esperanza Aguirre, deduce de impuestos a las familias que llevan a sus hijos a centros privados porque no “consumen educación” pública. ¿Llegarán a pedir deducción de impuestos porque no utilizan el metro porque sólo usan sus automóviles propios? Los que piden libertad de enseñanza, se enfrentaron a la educación de la ciudadanía, porque “adoctrinaba” a sus hijos ¿la asignatura de religión no adoctrina, no es catequesis? Mi libertad.
Por la coyuntura política, cada día se habla más de la reforma de la Constitución; se recuerda que la Constitución entró en vigor el 29 de diciembre de 1978 y que a los seis días, el 3 de enero se firmaron los Concordatos con la Santa Sede. Sí Franco fue el que solicitó la firma del Concordato a la Santa Sede para su consolidación internacional, su capacidad para nombrar Obispos y para poder entrar bajo palio en las iglesias a cambio de un serie de privilegios para la Iglesia concordante ¿Porqué las prisas en 1979? Por miedo a perder el poder, o por pago de concesiones.
¿Interesa la educación, la mejora de la educación o el poder? El poder. Se utiliza la educación como instrumento de poder, por lo tanto de privilegios.

viernes, 10 de octubre de 2014

SIN DATOS NO HAY EDUCACIÓN (I)

Uno de los indicadores negativos del estado de la educación en nuestro país es la falta de datos; lo cual tampoco significa que en los centros educativos y en las administraciones educativas no se consuma demasiado tiempo en una  burocracia de almacenamiento; pero con escaso tiempo y dedicación para analizar, tomar decisiones, planificar, e incluso, legislar.
Con demasiada frecuencia se manejan datos inferidos y esta situación se mantiene desde tiempos pasados y pese las tecnologías y digitalización en uso del día a día.
 En la ley Moyano, de 1857 se “tomaron datos”: una población de 15 millones, con el 75% de analfabetos, con dos millones y medio de jornaleros, con doscientos setenta mil “pobres de solemnidad”.
En la ley de Enseñanza Primaria de 1945, publicada, como no, en el BOE del 18 de julio, emanada en un contexto de nacional catolicismo, no hay datos, o mejor no saberlos; pero a falta de datos  hay ideología dura, no digo pura, y abundante;  cargas profundas, que puede que nos parezcan inverosímiles pero que también pueden estar vigentes o en la raíz de medidas actuales: “La etapa republicana de 1931 llevó a la Escuela una radical subversión de valores. La legislación de este período puso su mayor empeño en arrancar de cuajo el sentido cristiano de la educación y la Escuela sufrió una etapa de influencias materialistas y desnacionalizantes que la convirtieron en campo de experimentación para la más torpe política, negadora del ser más íntimo de nuestra conciencia histórica… Por estos motivos, el Movimiento Nacional desde el instante mismo en que se inició, consagró su más decidida voluntad a restaurar en todo el ámbito de nuestra enseñanza, y muy singularmente en la educación primaria, la formación católica de nuestra juventud”. Pasado el tiempo ¿algo sigue vigente y se mantiene en las sucesivas leyes educativas?
“Los principios fundamentales de la Ley: el primero y fundamental, el  religioso. 2º.- La Escuela en nuestra patria ha de ser esencialmente española. La ley se inspira en el punto programático por el que se supedita la función docente a los intereses supremos de la patria. 3º.- La educación social, imprescindible para la función del ciudadano. 4º.- La educación física, necesaria para el desarrollo fisiológico del escolar y como instrumento de formación intelectual y moral. 5º.- La educación profesional con la que se rompe el viejo concepto de nuestra primera enseñanza, circuida en el recinto estrecho de la instrucción elemental para enlazarla con la iniciación del alumno en lo que ha de ser su vida futura: la superior formación intelectual o el ejercicio de las actividades agrícolas o industriales” ¿Se ha roto el viejo concepto de la enseñanza primaria? ¿la iniciación en formación profesional de la LOMCE es muy distinta? 
Hay más perlas “por razones de índole moral y de eficacia pedagógica, la ley consagra el principio cristiano de la separación de sexos en la enseñanza” “la escuela de párvulos podrá admitir niñas y niños cuando la matrícula no permita la división por sexos, a partir del segundo período, 4-6 años, las escuelas son de niños o de niñas en locales distintos y en su caso de Maestros o Maestras respectivamente. Las escuelas de Párvulo y Mixtas serán siempre regentadas por Maestras”
El principio cristiano de la separación de sexos ¿está vigente?  ¿hay razones de índole moral para mantenerlo? ¿la eficacia pedagógica de la separación de sexos está avalada por la comunidad científica?
¿Cuál fue la razón por la cual el Ministro Wert incluyó en una ley Orgánica la subvención a los centros concertados que separan por sexo? ¿Fue para anular las sentencias judiciales que lo impedían? Sí era ilegal, se cambia la ley, ya es legal.
A veces pensamos que algunas medidas en educación provienen de ocurrencias de algunos o de algunos “enterados”, pero la mayoría de ellas responden a criterio, tienen su raíz y justificación.